Familias que acogen con afecto

Buscamos familias afectuosas, responsables y dispuestas a acoger en su hogar, de forma voluntaria, a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en un proceso de restablecimiento de derechos.

Hogar Sustituto

Modalidad de atención para la ubicación del niño, niña o adolescente en una familia. Su misión: brindarles el cuidado y atención necesaria en sustitución de la familia de origen.
Si quieres hacer parte del programa de Hogares Sustitutos diligencia el formulario “Quiero ser Hogar Sustituto” y recibe más información.

  • Más información
  • (604) 590 44 65 ext 201
  • Cel: 350 7934213
Quiero ser Hogar Sustituto

Requisitos

  • Edad: entre 23 y 55 años.
  • Escolaridad: a partir de noveno grado aprobado y certificado.
  • Buenas condiciones de salud física certificada de los miembros de la familia.
  • Disponibilidad de tiempo de la madre 24/7.
  • Motivación de todo el grupo familiar.
  • En la vivienda donde funciona el Hogar Sustituto no debe existir otro programa del ICBF.
  • No deberán convivir personas ajenas al grupo familiar o terceros en calidad de arriendo (inquilinato).
  • No deberán funcionar negocios que puedan afectar la salud de los niños, niñas y adolescentes (talleres de pintura, mecánica, máquinas especiales), a menos que se encuentren completamente aislados de la vivienda.
  • Disponibilidad de espacio para los niños, niñas y adolescentes.
  • No tener antecedentes judiciales ni procesos penales en curso. Aplica para la persona postulante y su grupo familiar.

Beneficios

  • Beca: incentivo económico que reciben las madres como forma de reconocimiento a su labor por el cuidado de los niños y niñas.
  • Beneficio de subsidio en el aporte al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para madres y padres sustitutos.
  • Beneficio de subsidio en el aporte a la pensión para madres y padres sustitutos.
  • Beneficio de reconocimiento de Cálculo Actuarial para madres y padres sustitutos que no pudieron cotizar a una pensión. Podrá beneficiarse del pago del cálculo actuarial, a fin de completar las semanas requeridas para acceder a la pensión.
  • Beneficio de subsidio en tarifas de servicios públicos domiciliarios.
  • Beneficio del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).
  • Subsidio Pensional vitalicio para ex madres y ex padres sustitutos, según lo establecido en el Artículo 215 de la Ley 1955 de 20191, reglamentado por el Decreto 1173 de 20202.
  • Listado Censal por acceso al Subsidio Pensional vitalicio.

Hogar de Paso

Es una modalidad de protección inmediata y transitoria en la que la familia abre las puertas de su hogar por un periodo corto de tiempo a niños y niñas a quienes se les han vulnerado sus derechos. Su misión: acogerles con amor y brindarles apoyo, respeto y tranquilidad mientras se define su situación legal.

La familia cuenta con apoyo económico para el sostenimiento del niño o niña en el hogar.

Requisitos

  • Edad: entre 25 a 57 años.
  • Escolaridad: a partir de noveno grado aprobado y certificado o capacitaciones o cursos que lo habilitan para atender niños, niñas y adolescentes.
  • Certificación médica de buenas condiciones de salud física y mental por parte de los integrantes de la familia.
  • Ninguno de los miembros del hogar debe tener antecedentes (Policía, Contraloría, Procuraduría, ni medidas correctivas).
  • Disponibilidad de tiempo completo.
  • Dos (2) referencias personales o familiares.
  • Experiencia en crianza o trabajo con niños, niñas o adolescentes. La falta de experiencia no es criterio excluyente, pero se dará prelación a quienes la tengan.
  • Constancia de residencia no inferior a dos años en el municipio de residencia.
  • Certificaciones de trabajo o constancias de la actividad laboral desempeñada por el cónyuge, compañero(a) o del proveedor(a) económico del grupo familiar.
  • Afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud de la familia.
  • Carnet de vacunas completo para los miembros menores de 18 años de la familia.

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